Regl. 6914, art. 5-5.3
PUESTOS
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Cite as Reglamento Núm. 6914, Art. 5-5.3
1. Se establecerán los puestos conforme a la configuración organizativa y
administrativa de la Oficina de Control de Drogas de forma que la misma
funcione ágil y eficientemente.
2. El Director(a) de la Oficina del Control de Drogas aprobará los cambios
que estime necesarios incluyendo en cualquiera de los servicios los
puestos que por la naturaleza de sus funciones se ajusten a los
parámetros antes expuestos.