Regl. 6914, art. 8-8.1
ASCENSOS
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Cite as Reglamento Núm. 6914, Art. 8-8.1
1. OBJETIVOS DE LOS ASCENSOS
El objetivo de los ascensos es atraer al mejor personal para cubrir
puestos públicos; ofrecer oportunidades para mayor progreso de sus servidores
según se desarrolla sus capacidades para prestar buenos servicios; mantener
un alto nivel de satisfacción y ejecución entre los empleados y lograr retener en
el servicio a los más capacitados.
2. NORMAS SOBRE ASCENSOS
Con el fin de establecer sistemas que hagan viable al ascenso de los
empleados de carrera regirán las siguientes normas:
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A. El plan de clasificación deberá estructurarse de forma que permita la
movilidad de los empleados hacia puestos superiores, tanto interagencial
como interagencial conforme a los conocimientos y experiencia
adquiridos. El ascenso entre las distintas clases de puestos.
B. La Oficina determinará las clases de puestos que se requiere se cubran
mediante el ascenso de empleados. Esta determinación se hará a base de
la naturaleza de las funciones de las clases de puestos y a las
necesidades particulares de la Oficina. Las normas especÃficas sobre lo
establecido anteriormente estarán contenidas en las normas de
reclutamiento que se establezcan para cada clase de puesto.
3. ASCENSOS SIN OPOSICIÓN
A. Se podrán autorizar ascensos a empleados mediante exámenes
individuales cuando las exigencias excepcionales y especiales del
servicio y las cualificaciones especiales de los empleados que asà lo
justifiquen.
B. Por exigencias excepcionales y especiales se entenderá la necesidad
de reclutar personal por razón de las siguientes situaciones:
(1) Asignación O atención de nuevas funciones 0 programas; o,
(2) Ampliación de los servicios que presta la Oficina; o,
(3) Necesidad de reclutar personal que logre mantener la
continuidad en le prestación de los servicios sin necesidad de
mayor orientación; O,
(4) Falta de adecuación de un Registro de Elegibles; O,
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(5) Urgencia por cubrir un puesto vacante que hace impracticable
el procedimiento ordinario.
C. Para determinar las cualificaciones especiales de los empleados se
considerarán entre otros, los siguientes criterios:
(1)
Resultados obtenidos del Sistema de Evaluación adoptado por
la Oficina por aquellos empleados que alcancen 0 sobrepasen el nivel
esperado en la ejecución de tareas y cumplimiento de los criterios de
orden y disciplina;
(2) Adiestramientos O cursos aprobados directamente relacionados
con las funciones del puesto al que se le propone ascender;
(3) Adiestramientos O cursos aprobados directamente relacionados
con las funciones del puesto al que se le propone para ascender que
sean adicionales a los requisitos mÃnimos requeridos.
(4) Experiencia adicional a la requerida, adquirida mediante
designaciones oficiales de interinatos, asignaciones administrativas O
intercambio de personal, directamente relacionado con las funciones
del puesto al que se propone ascender.