Regl. 6915, art. 6-6.3 dup2
AGRUPACION DE LOS PUESTOS EN CLASES DE PUESTOS Y
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Cite as Reglamento Núm. 6915, Art. 6-6.3 dup2
SERIES DE CLASES
Se agruparán en clases todos los puestos que sean igual 0 sustancialmente
similares en cuanto a la naturaleza y el nivel de dificultad del trabajo envuelto a base de
los deberes y responsabilidades asignadas a los mismos.
Cada clase de puesto será designada con un tÃtulo corto, que sea descriptivo de la
naturaleza, el nivel de complejidad y responsabilidad del trabajo requerido. Dicho tÃtulo
se utilizará en el trámite de toda transacción o acción de personal, presupuesto y
finanzas, asà como en todo asunto oficial en que esté envuelto el puesto. Éste será el
tÃtulo oficial del puesto.
El (la) Director(a) podrá designar cada puesto con un tÃtulo funcional de acuerdo
con sus deberes y responsabilidades O su posición en la organización.
En este tÃtulo funcional podrá ser utilizado para la identificación del puesto en los
asuntos administrativos de personal que se tramiten a nivel agencial. Bajo ninguna
circunstancia el tÃtulo funcional sustituirá el tÃtulo oficial en el trámite de asuntos de
personal, presupuesto y finanzas.