Regl. 6922, art. 12

Reglamento para imponer la Contribución sobre la Propiedad Mueble

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Cite as Reglamento Núm. 6922, Art. 12

CUMPLIMIENTO DE CITACIONES Y REQUERIMIENTO Las citaciones y los requerimientos expedidos por el CRIM bajo las disposiciones de la Ley Núm. 83 y este Reglamento, para comparecer, testificar 0 producir libros, papeles, O constancias se harán cumplir de acuerdo con las disposiciones del Artículo 6.13 de la Ley 83 (21 L.P.R.A., §5213) y de la Ley Núm. 27 aprobada el 20 de marzo de 1951, según enmendada (32 L.P.R.A., 3171-3173).
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