Regl. 6922, art. 12
Reglamento para imponer la Contribución sobre la Propiedad Mueble
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Cite as Reglamento Núm. 6922, Art. 12
CUMPLIMIENTO DE CITACIONES Y REQUERIMIENTO
Las citaciones y los requerimientos expedidos por el CRIM bajo las
disposiciones de la Ley Núm. 83 y este Reglamento, para comparecer, testificar 0
producir libros, papeles, O constancias se harán cumplir de acuerdo con las
disposiciones del Artículo 6.13 de la Ley 83 (21 L.P.R.A., §5213) y de la Ley Núm.
27 aprobada el 20 de marzo de 1951, según enmendada (32 L.P.R.A., 3171-3173).