Regl. 6937, art. 4-4.2 dup2
Requisitos para ser Incluidos en el Registro Interno
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Cite as Reglamento Núm. 6937, Art. 4-4.2 dup2
(expediente de recursos)
Para ser incluido en el Registro, el licitador interesado deberá demostrar
su solvencia para hacer cumplir su oferta. Para ello, suministrará cuando
proceda, la información que más adelante se expone. Los requerimientos
de ésta, será determinada por la Oficina de Compra de acuerdo a la
clasificación configurada de los bienes, obras y servicios que se ofrezcan.
Estarán fuera de la discreción de la Oficina aquellos requisitos que son
compulsorios por disposición de alguna Ley, Reglamento y/o Normativa
Ejecutiva de una de las Agencias Reguladoras.
Los siguientes documentos serán requeridos a individuos O corporación
conforme a lo establecido en la Carta Circular de Hacienda Núm. 1300-
25-98 del29 de marzo de 1998.
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1.
Anualmente someter un informe financiero certificado por un
Contador Público Autorizado;
2.
Por lo menos una (1) referencia bancaria y comercial que incluya
término y tipo de relación con la entidad;
3.
Si tiene exención contributiva copia del Decreto;
4.
Certificación de Incorporación;
a)
En los casos que la corporación sea una extranjera, deberá
presentar en adición, certificación del Secretario de Estado,
a los efectos de que dicha corporación está autorizada a
efectuar negocios en Puerto Rico y que ha cumplido con
todas las disposiciones legales al efecto; así como el
nombre, dirección y teléfono de su agente residente.
b)
Independientemente de que sea extranjera o no, debe
notificar los nombres de los miembros de la Junta de
Directores y sus direcciones y si ha sido convicto O no de
violar alguna disposición de ley.
5.
Lista de los contratos O ventas que ha tenido en los últimos tres (3)
años con instrumentalidades del gobierno estatal y/o municipal;
6.
Lista de los contratos O ventas que ha tenido en los últimos dos (2)
años con la empresa privada;
7.
Declaración Jurada en la cual certifique que no ha tenido que
responder por incumplimiento de contratos por parte suya en los
últimos cinco (5) años, bien sea mediante sentencia de un
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Tribunal, resolución administrativa, O aplicación de las
"Condiciones Generales de Contratación de Obras Públicas"; si es
persona natural O corporación, que ésta y ninguno de sus oficiales
principales han sido convictos por delitos constitutivos de fraude,
malversación de fondos O apropiación ilegal de fondos públicos
enumerados en la Ley Núm. 458 de 29 de diciembre de 2000,
según enmendada;
8.
Descripción detallada de los bienes, obras O servicios que ofrece, O
interesa;
9.
Experiencia y años de servicios
10.
Copia de las patentes, licencias, permisos y autorizaciones que
tiene para la venta de sus productos, la presentación de sus
servicios O la ejecución de obras;
11.
Pólizas y seguros que tiene vigentes y cubiertas de las mismas;
12.
Certificados de los Departamentos de Salud Estatal y Federal,
según sea el caso;
13.
Se someterán las firmas de las personas que estén autorizadas a
hacer negocios;
14.
Certificación de que cumplirá con las disposiciones de ia Ley Núm.
84 del 18 de junio de 2002, según enmendada, que establece el
Código de Etica para contratistas, suplidores y solicitantes de
incentivos económicos de las Agencias Ejecutivas del Estado Libre
Asociado de Puerto Rico.
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15. Certificación de no deuda, O Certificación de estar acogido a un
plan de pago por parte de las siguientes agencias O corporaciones
públicas:
a)
Centro de Recaudaciones de Ingresos municipales
1) Certificación de radicación de planillas por concepto
de contribución sobre propiedad mueble e inmueble.
2) Certificación de no deuda por concepto de
contribución sobre propiedad mueble e inmueble.
b)
Departamento de Hacienda
1) Certificación de radicación de planilla para los
últimos cinco (5) años.
2) Certificación de no deuda por concepto de
contribución sobre ingreso.
c)
Departamento del Trabajo
1) Certificación de no deuda por concepto de
incapacidad y desempleo.
2)
Certificación de no deuda por concepto de seguro
choferil.
d)
En el caso específico de personas naturales
1) Certificación de no deuda por concepto de pensión
alimenticia por la Administración de Sustento de
Menores (ASUME).
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16. La Oficina podrá, a su discreción, solicitar toda aquella otra
información adicional que estime necesaria.
Excepciones:
I.
Adquisición de Artesanías u Obras de Arte, se les requerirá:
1- En el caso de los artesanos deberán demostrar que están en
el Registro del Instituto de Cultura Puertorriqueña, como
artesanos, O certificados por Fomento Artesanal.
2-
Obras de Arte
La requisición debe estar acompañada de la resolución de la
Junta de adquisición de Obras de Arte. Cuando el artista
O suplidor no sea residente de Puerto Rico, el programa
acompañará con la requisición una declaración jurada
donde el artista O suplidor exprese que como tal no le asiste
responsabilidad contributiva con Puerto Rico.
11.
Adquisición de compras en y fuera de Puerto Rico de
suscripciones, revistas, libros, artículos especializados de
arqueología. museos, arte, música, archivo, publicaciones,
biblioteca, teatro y otros de similar naturaleza relacionados a la
actividad programática del ICP.
III.
Compras por catálogo