Regl. 1277, art. 203.7-203.6c

Reglamento General de Seguridad e Higiene Industrial, Cap. IV -- Ascensores de personas. No incluido en el índice bajo Ley 149 de 12 dic, 2005

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Cite as Reglamento Núm. 1277, Art. 203.7-203.6c

203.6c - Requisitos para Metales que no sean acero. Otros metales además del acero podrán usarse en la construcción de armazones y plataformas de carros siempre que el metal a usarse tenga las propiedades básicas que reúna los requisitos para tales propósitos de acuerdo con las buenas prácticas de ingeniería y que los esfuerzos y desviaciones sean conforme a los requisitos de las Reglas 203.10 y 203.11 respectivamente. Ibid
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