Regl. 6937, art. 4-4.5 dup2
Obligación y derechos de las personas incluidas en el Registro
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Cite as Reglamento Núm. 6937, Art. 4-4.5 dup2
1.
Será obligación de todo licitador mantener al dia la información
suministrada para su inclusión en el Registro.
2.
Mantener al día una fianza, de acuerdo al asunto de las subastas
en las que interesa participar, por el monto que el Director
Ejecutivo establezca. Esta póliza puede ser obviada si en su lugar
la persona opta por prestar una fianza de licitación individual por
cada subasta en la que participe.
3.
Mantener vigente, cuando le sea requerida, una póliza de
responsabilidad pública por el monto que fije el Instituto.
4.
Todo licitador registrado tendrá derecho a que se le invite a toda
subasta que se convoque para el bien, servicio u obra para la cual
se haya registrado.