Regl. 6937, art. 4-4.5 dup2

Obligación y derechos de las personas incluidas en el Registro

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Cite as Reglamento Núm. 6937, Art. 4-4.5 dup2

1. Será obligación de todo licitador mantener al dia la información suministrada para su inclusión en el Registro. 2. Mantener al día una fianza, de acuerdo al asunto de las subastas en las que interesa participar, por el monto que el Director Ejecutivo establezca. Esta póliza puede ser obviada si en su lugar la persona opta por prestar una fianza de licitación individual por cada subasta en la que participe. 3. Mantener vigente, cuando le sea requerida, una póliza de responsabilidad pública por el monto que fije el Instituto. 4. Todo licitador registrado tendrá derecho a que se le invite a toda subasta que se convoque para el bien, servicio u obra para la cual se haya registrado.
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