Regl. 6937, art. 7-7.1 dup2

Presentación de las ofertas

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Cite as Reglamento Núm. 6937, Art. 7-7.1 dup2

Las ofertas serán las propuestas que sometan los licitadores interesados en participar en el proceso de subasta. Los licitadores tendrán que atenerse a lo que se dispone en esta sección al someter sus ofertas. 1. La Oficina de Compras recibiera las ofertas y las "ponchará", las mantendrá cerrada hasta la fecha y hora fijada para la apertura de subasta. 2. Todo licitador que interese que su oferta sea considerada tiene que presentar la misma en el documento, que para esos fines, provea el Instituto. El documento deberá presentarse en original y podrá venir acompañado de cualquier otro documento que el licitador considere necesario para aclarar O describir más detalladamente su oferta. 3. Todo licitador deberá presentar su oferta en sobre O paquete cerrado y sellado, identificado en su exterior. La identificación deberá contener la siguiente información: a) Asunto de la subasta b) Número de subasta, fecha y hora de entrega c) Nombre del proyecto 37 d) Nombre del licitador e) Dirección postal y física del licitador f) Número de teléfono 4. Toda oferta recibida sin identificar, según se dispone en el inciso anterior, será tramitada como correspondencia regular. La Oficina abrirá el sobre y una vez identificado el licitador, se comunicará con éste y le devolverá el sobre para que cumpla con lo establecido en este Reglamento. En estos casos la Junta no será responsable si el remitente pierde su oportunidad de presentar su oferta a tiempo. La fecha y hora de su recibo original no se considerará para los efectos del recibo de la oferta. 5. Todo licitador que incumpla el requisito, de identificar el sobre 0 paquete no podrá impugnar el que su oferta haya sido divulgada O abierta antes de tiempo. Tampoco podrá reclamar la fecha y hora en que se recibió el sobre O paquete en su primera radicación como fecha de entrega de la oferta. 6. Se requerirá de los licitadores que todos los pliegos sean firmados en tinta O bolígrafo. No se aceptarán firmas estampadas con sello de goma 0 de otra forma mecánica. Toda oferta debe estar escrita en forma legible, clara, completa y precisa. Todo borrón, tachadura, anotación O cualquier corrección en los pliegos tendrá que estar iniciado por quien firme la oferta, si desea que la Junta lo considere. 7. Toda oferta recibida después de la fecha y hora fijada para la apertura de pliegos no será considerada, y será devuelta al 38 licitador con una nota explicativa de las razones por las cuales se rechaza su proposición. 8. La Junta, mediante acuerdo, podrá considerar cotizaciones con errores de maquinilla que hayan sido aclarados por escrito por los licitadores antes del Acto de Apertura. 9. Cuando un licitador se diere cuenta que ha cometido un error en la oferta, deberá notificarlo por escrito y someter su corrección ante la Junta de Subasta, antes de la apertura de la subasta. 10. Las modificaciones a la oferta se podrán hacer solamente en las siguientes circunstancias: a) cuando se enmiende el Pliego de Subasta O cuando el licitador así lo solicite. Las ofertas tendrán que modificarse antes de la apertura de la subasta. b) Las enmiendas se harán por escrito, incluyendo una relación de toda la información necesaria para el conocimiento de la Junta de Subastas. c) Todo sobre que tenga enmiendas deberá estar identificado en su exterior. La Junta no considerará aquellas enmiendas que reciba después de la fecha de entrega para la subasta por razón de que el licitador no haya identificado el sobre en su exterior. 12 Ningún licitador podrá retirar su pliego una vez abierta la subasta. La notificación de retiro se presentará por carta certificada con acuse de recibo 0 personalmente en la Junta haciendo constar las razones para ello. Bajo ningún concepto se aceptarán notificaciones verbales. La notificación de retiro deberá estar en la Junta antes del inicio del acto de apertura de la subasta. Cuando el licitador retire su oferta por correo y conste por el matasellos de 39 correo federal que el retiro fue enviado antes del acto de apertura, si se recibió después del acto de apertura pero antes de la adjudicación, la Junta no considerará su oferta. Si se recibiera después de la adjudicación a su favor, tendrá que cumplir con el contrato y no podrá alegar el envío tardío a su favor. En caso de negarse a cumplir, se procederá a ejecutar la garantía para que responda por el exceso que el Instituto tenga que pagar al segundo postor.
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