Regl. 6938, art. 13.4-24

VIGENCIA

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Las enmiendas a este reglamento empezarán a regir luego de ser aprobadas por la Junta de Directores de la Corporación y de que se cumpla con los requisitos sobre publicación y radicación en el Departamento de Estado y en la Biblioteca Legislativa de conformidad con la Ley Núm. 170 del 12 de agosto de 1988, según enmendada. 43 En San Juan, Puerto Rico hoy 30 de noviembre de 2004 Propuesto: by you Fecha: 30 de noviembre de 2004 Myrna Yolanda Zabala Carrión Presidenta Corporación de Puerto Rico para la Difusión Pública Aprobado: Prof. Presidente about Luis Agrait de/la Junta de Fecha: 30 de noviembre de 2004 Directores Corporación, de Puerto Rico para la Difusión Pública 44
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