Regl. 6938, art. 13.4-24
VIGENCIA
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Cite as Reglamento Núm. 6938, Art. 13.4-24
Las enmiendas a este reglamento empezarán a regir luego de ser aprobadas por la Junta
de Directores de la Corporación y de que se cumpla con los requisitos sobre publicación
y radicación en el Departamento de Estado y en la Biblioteca Legislativa de
conformidad con la Ley Núm. 170 del 12 de agosto de 1988, según enmendada.
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En San Juan, Puerto Rico hoy 30 de noviembre de 2004
Propuesto: by you Fecha: 30 de noviembre de 2004
Myrna Yolanda Zabala Carrión
Presidenta
Corporación de Puerto Rico para la
Difusión Pública
Aprobado: Prof. Presidente about Luis Agrait de/la Junta de
Fecha: 30 de noviembre de 2004
Directores
Corporación, de Puerto Rico para la
Difusión Pública
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