Regl. 6952, art. IV
Definiciones
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Cite as Reglamento Núm. 6952, Art. IV
A los efectos de este Reglamento los siguientes términos y frases, tendrán el
significado que a continuación se expresa:
1. Acreditación - Proceso mediante el cual el Departamento evalúa, reconoce,
acredita y emite Certificación a una entidad.
2. Año Fiscal - Periodo comprendido entre el lro de julio y el 30 de junio del año
siguiente.
3. Arbitraje Central - Proceso mediante el cual una tercera parte recibe prueba y
argumentación de dos o más partes en conflicto y adjudica una decisión a favor de
una parte u otra. Este proceso se llevará a cabo en la oficina central del
Departamento de Recreación y Deportes.
4. Certificación - Documento mediante el cual, el Secretario del Departamento de
Recreación y Deportes 0 la persona autorizada por éste, aprueba la solicitud de
acreditación de las entidades participantes expidiendo una certificación al efecto.
5. Comité de Diálogo Comunitario - Establecido por cada entidad colaboradora o
administradora de una instalación deportiva y recreativa. Su función es resolver
conflictos a nivel inter e intra comunitarios.
6. Departamento - Departamento de Recreación y Deportes.
7. Entidad Colaboradora - Cualquier sociedad, asociación, organización, club,
liga, corporación, fundación, institución, organizada de acuerdo a las leyes de
Puerto Rico, que opere y funcione en las áreas de recreación y deporte y solicite la
acreditación al Departamento de Recreación y Deportes.
8. Expediente - Conjunto de documentos o banco de datos electrónicos
relacionados con la acreditación de la entidad y otros pormenores bajo la
consideración del Departamento y que no hayan sido declaradas como materia
exenta de divulgación por una Ley.
9. Federaciones - Organismo deportivo con fines no pecuniarios, que fomenta,
reglamenta y organiza un determinado deporte y sus disciplinas accesorias en
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Puerto Rico y que es reconocida como tal por la correspondiente federación
deportiva internacional, y que a su vez puede 0 no estar afiliada al Comité
Olímpico de Puerto Rico.
9. Foro Inter-Comunitario Encargado de manejar conflictos en el ámbito
regional de las comunidades que no hayan podido resolver de manera interna sus
diferencias.
10. Instituto Puertorriqueño para el Desarrollo de Deporte y la Recreación -
Instituto adscrito a la Oficina del Secretario, cuyo propósito será promover la
gestión ciudadana y fomentar actividades recreativas y deportivas mediante la
educación y el desarrollo organizacional.
11. Litigación Proceso de resolución de controversias que se ventilan ante los
foros judiciales del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y/o de la Corte de
Distrito Federal de Puerto Rico.
12. Mediación Central Proceso formal realizado por un mediador profesional,
dentro de un panel organizado por el Departamento de Recreación y Deportes,
para resolver disputas.
13. Mediación Regional Proceso informal realizado por el Director Regional del
Departamento de Recreación y Deportes, en el cual éste asistirá a las partes para
llegar a un acuerdo.
14. Organización Comuntaria Toda organización que tiene el control
administrativo de una instalación recreativa y deportiva.
15. Protocolos - Guías establecidas por el Instituto para el funcionamiento de las
distintas instancias de métodos para la solución de conflictos.
16. Registro Proceso mediante el cual se inscriben en el Departamento de
Recreación y Deportes todas las organizaciones deportivas y recreativas.
17. Secretario El Secretario del Departamento de Recreación y Deportes.
18. Vista Administrativa Proceso ordinario y contemplado bajo la Ley Orgánica
del Departamento, otras leyes y reglamentos, por el cual luego de radicada una
querella comienza un proceso administrativo para ventilar agravios entre partes.
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