Regl. 6956, art. IX-4
Escrito de Apelación
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Cite as Reglamento Núm. 6956, Art. IX-4
El licitador que desee llevar ante la Junta de Revisión y Apelación de Subastas
cualquier apelación permitida en este Reglamento, deberá hacerlo radicando un Escrito de
Apelación. El escrito se someterá en original y dos (2) copias en o antes de cinco (5) días
calendario después de la fecha de recibo de la notificación de adjudicación en subasta 0 de la
determinación adversa. Dicho Escrito de Apelación se radicará ante el Secretario de la Junta
de Revisión y Apelación de Subastas, con copia del Escrito de Apelación al licitador
agraciado si se trataré de una impugnación de la adjudicación, al Presidente de la Junta, y al
Secretario.