Regl. 6956, art. VII-12
Modo de Presentar Ofertas
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Cite as Reglamento Núm. 6956, Art. VII-12
Todo licitador que interese que su oferta sea considerada tiene que presentar la misma
en la forma que a continuación se dispone:
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a-
Petición Oficial
Los licitadores presentarán sus propuestas mediante petición escrita.
b-
Hojas Adicionales
Si ello fuera necesario, los licitadores podrán añadir hojas para aclarar 0
describir más detalladamente sus ofertas, a maquinilla o letra de molde.
c-
Sobre o paquetes cerrados e identificados
Será obligación de todo licitador presentar sus ofertas en sobres o paquetes
ambos cerrados los cuales tendrán que identificarse en su exterior.
La identificación tendrá que contener la siguiente información:
1. Nombre del licitador
2. Número de teléfono y dirección
3. Número de subasta, fecha y hora de entrega y apertura o ambos
4. Identificación del bien inmueble
5. La frase "Oferta del Licitador"
Toda oferta recibida sin identificar conforme lo aquí establecido, será tramitada
como correspondencia regular. Una vez abierta conforme el trámite usual para la
correspondencia regular, el Secretario de la Junta se comunicará con el licitador y devolverá
su contenido para que cumpla con lo establecido en este Reglamento. El Secretario de la
Junta retendrá el sobre o envoltura del paquete no identificado en el expediente de la subasta y
levantará un Acta de Novedades.
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d- Firma
La oferta deberá estar firmada con tinta indelible o bolígrafo en la petición
suministrada, e iniciadas todas las páginas de la misma. La persona que firma, deberá
cumplir con este requisito de la siguiente manera:
1. Escribirá su nombre en letra de molde
2. Firmará
3. Indicará en calidad de qué firma y el puesto o cargo que ocupa en la
empresa, corporación, sociedad o entidad licitadora.
La oferta tendrá que estar firmada por quien esté autorizado para representar a
la persona, firma, corporación, sociedad 0 entidad que licite. La Junta podrá considerar
ofertas sin firmar bajo las siguientes condiciones:
1. Si antes de la apertura el licitador afectado 0 su representante autorizado
hubiese presentado ante la Junta una carta u otro documento firmado que
justifique la ausencia de su firma y confirme su oferta.
2. Si acompañando la oferta hay documento o carta firmada por el licitador
en el cual se haga referencia directa a la oferta.
e-
Alteraciones
Toda oferta deberá estar en forma legible, clara, completa y precisa. Toda
oferta escrita en forma ilegible 0 ambigua no será considerada por la Junta. Todo borrón,
tachadura, anotación o cualquier corrección en los pliegos tendrá que estar iniciada por quien
firme la oferta si se desea que la Junta considere.
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f- Dirección
La oferta deberá contener siempre la dirección postal, la de la oficina
principal del negocio y el nombre y dirección del agente residente de la corporación, cuando
sea el caso.
g- Ofertas
Las ofertas deberán hacerse en moneda (dólares) de Estados Unidos de
América (USA). No se considerarán ofertas que se expresen en términos de porciento, en
referencia a posibles valores fijados por autoridades gubernamentales, en valores
indeterminados 0 determinables o cantidad de dinero más baja que la cuantía básica fijada.
La cuantía básica será equivalente al valor de la propiedad inmueble determinada conforme a
tasación efectuada y certificada por el Departamento de Hacienda.
h-
Ofertas no susceptibles de evaluación
El Secretario de la Junta no podrá negarse a recibir un sobre de ofertas aún
cuando éste se presente en condiciones que el Reglamento dispone no será susceptible de
evaluarse. En estos casos, el Secretario de la Junta procederá de la siguiente manera:
1) Incumplimiento del Término de Entrega
Todo sobre de ofertas que se reciba después de la fecha y hora fijada para la
entrega de éstos, lo cual se constatará cotejando la fecha y hora del reloj de
la Oficina del Secretario de la Junta y no la máquina de franqueo del
licitador o del correo, se recibirán "Con Excepción". El Secretario de la
Junta anotará en el expediente la disposición del reglamento que no se ha
cumplido al entregarse la oferta.
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En los sobres recibidos 0 presentados tardíamente el Secretario de la Junta
hará una anotación en lápiz rojo consignando la fecha y hora de entregado y
la anotación de TARDE. El sobre así identificado se incluirá en el
expediente pero no se abrirá hasta tanto la Junta determine la acción a tomar
sobre el mismo a base de las disposiciones de forma y entrega que dispone
este Reglamento.
2) Sobre abierto o violentado
Si la oferta llegare a tiempo, pero abierta, violentada o con el sobre
deteriorado de forma tal que demuestre que existe la posibilidad de que la
misma haya perdido documentos, el Secretario de la Junta se comunicará
con el licitador para solicitarle que verifique el contenido de su sobre y
determine si el mismo contiene todos los documentos e interesa
presentarlos de esa forma. Tras el examen del contenido del sobre, el
licitador deberá efectuar nuevamente la entrega antes de la fecha límite. La
fecha del recibo original del sobre será considerada como la entrega.
i-
Formas de Hacer la Oferta
Los licitadores podrán hacer sus ofertas únicamente conforme lo aquí
expresado.
1.
Oferta Básica
Por "Oferta Básica" se entenderá aquella que viene obligada a hacer
el licitador para cada bien inmueble por el cual interesa licitar. Aunque el licitador sume o
haga un cómputo total de las ofertas hechas por él en una subasta, tiene la obligación de
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anotar en el espacio provisto para ello al lado de cada bien inmueble, su oferta para el mismo.
Esta oferta se hará en dólares y centavos.
a- Efecto de Omitir la Oferta Básica
No se aceptará ningún pliego en el cual no se haya hecho oferta básica
para cada bien inmueble por el cual se licita. Si el licitador ha anotado
ofertas por algún o algunos bienes inmuebles y en otros por los cuales
interesa licitar los ha omitido, se entenderá que el licitador interesa
hacer oferta solamente por aquel bien al lado del cual la anotó. En
aquellos que interesa no hacer oferta lo señalará por escrito al lado de
cada inmueble.
2- Enmiendas antes de la Apertura
Hay dos tipos básicos de enmiendas: las que surgen como consecuencia
de errores, y las que surgen como consecuencia de modificaciones en la oferta, ambas
efectuadas antes del Acto de Apertura.
a- Error
Cuando un licitador se diere cuenta que ha cometido un error en una
oferta, deberá notificarlo por escrito y asegurarse de someter su
corrección a la Junta antes de la apertura y dicha notificación se
considerará una enmienda válida a su oferta. Errores en las sumas no
se tomarán en cuenta puesto que la Junta se atendrá a la oferta anotada
para cada bien inmueble. De adjudicarese una subasta se hará la
correspondiente corrección en la suma.
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b- Modificaciones en las ofertas
Las modificaciones en las ofertas se podrán hacer en una de las
siguientes circunstancias:
1. Cuando se enmiende el Pliego de la Subasta
2. Cuando el licitador así lo justifique
Las ofertas tendrán que modificarse antes de la apertura. Disponiéndose
que todas las enmiendas se harán por escrito y en los casos que se hagan por petición del
licitador, deberán acompañarse de toda la información que tienda a demostrar la razón para
ello, si a juicio del licitador es necesario llevarlo a conocimiento de la Junta. Las ofertas
enmendadas se entregarán de la misma forma que las ofertas originales, disponiéndose que
todo sobre que contenga enmiendas a las ofertas deberá venir debidamente identificado igual
que el sobre de la oferta original, además de la frase "Enmienda".
j-
Retiro de Ofertas
Las ofertas podrán retirarse sujeto a lo aquí establecido.
1. La notificación de retiro de oferta se presentará por carta certificada con
acuse de recibo 0 personalmente en la Oficina de la Junta haciendo constar las
razones para ello. Bajo ningún concepto se aceptarán notificaciones verbales.
2. La notificación de retiro deberá estar en la Junta antes del inicio del Acto de
Apertura.
El licitador que retire su oferta no podrá hacer posteriormente una oferta sustituta.
Cuando un licitador retirare su oferta por correo y conste por el matasellos del correo federal
que el retiro fue enviado antes del Acto de Apertura, y éste llegare a la Junta después del Acto
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de Apertura, pero antes de la adjudicación, la Junta no considerará esa oferta. Si un licitador
se negare a cumplir con los términos de una subasta que se le ha adjudicado alegando que
retiró su oferta, y el sobre hubiere llegado a la Junta después de la adjudicación y con el
matasellos posterior a la hora y día del Acto de Apertura, se podrá ejecutar la fianza.