Regl. 6958, art. 14
Reglamento para la Prevención del Hostigamiento Sexual y Procedimiento Interno para Ventilar Querellas Reglacionadas y deroga el Reglamento número 4292
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Cite as Reglamento Núm. 6958, Art. 14
PRÓRROGAS Y SUSPENSIONES
Solicitudes de prórroga o suspensiones de entrevistas deberán ser radicadas por
escrito al Supervisor Programa Antidiscrimen con suficiente antelación a la misma. Estas
solicitudes se considerarán cuando medien razones justificadas que no afecten la rápida
solución de la querella.