Regl. 6958, art. 14

Reglamento para la Prevención del Hostigamiento Sexual y Procedimiento Interno para Ventilar Querellas Reglacionadas y deroga el Reglamento número 4292

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Cite as Reglamento Núm. 6958, Art. 14

PRÓRROGAS Y SUSPENSIONES Solicitudes de prórroga o suspensiones de entrevistas deberán ser radicadas por escrito al Supervisor Programa Antidiscrimen con suficiente antelación a la misma. Estas solicitudes se considerarán cuando medien razones justificadas que no afecten la rápida solución de la querella.
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