Regl. 6958, art. 16
Reglamento para la Prevención del Hostigamiento Sexual y Procedimiento Interno para Ventilar Querellas Reglacionadas y deroga el Reglamento número 4292
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Cite as Reglamento Núm. 6958, Art. 16
CONSOLIDACIÓN DE QUERELLA
Las querellas por hostigamiento sexual radicadas por varios querellantes contra un
querellado pueden ser consolidadas, siempre y cuando se tenga el consentimiento de cada
uno de los querellantes. Se le notificará al querellado la intención de consolidar las
acciones en su contra y se le ofrecerá la oportunidad de expresarse al respecto.