Regl. 6973, art. 1

AUTORIDAD

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Cite as Reglamento Núm. 6973, Art. 1

La Oficina del Comisionado de Seguros del Estado Libre Asociado de Puerto Rico adopta la Regla No. 80 del Reglamento del Código de Seguros de Puerto Rico de conformidad con las disposiciones del Artículo 2.040 y del Capítulo 61 de la Ley No. 77 de 19 de junio de 1957, según enmendada, 26 LPRA, et seq., conocido como el Código de Seguros de Puerto Rico, y de la Ley No. 170 del 12 de agosto de 1988, según enmendada, 3 LPRA, Secciones 2101, et seq., conocida como "Ley de Procedimientos Administrativos Uniforme de Puerto Rico".
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