Regl. 6974, art. 2
PROPÓSITO Y ALCANCE
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Cite as Reglamento Núm. 6974, Art. 2
Se adopta esta Regla con el propósito de establecer las normas para
regular la autorización, operación y supervisión de las Compañías de Planes de
Activos Segregados conforme al Artículo 61.160 de la Ley de Aseguradores y
Reaseguradores Internacionales de Puerto Rico, tal como dicha entidad se
establece y se define en el Capítulo 61 del Código de Seguros de Puerto Rico.
Esta Regla aplicará a todo Asegurador y Reasegurador Internacional que
desee formar y operar una Compañía de Planes de Activos Segregados con el
propósito de ofrecer sus servicios y productos a través del Centro Internacional
de Seguros de Puerto Rico.