Regl. 6978, art. 12.02

Avances de películas a exhibirse

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Cite as Reglamento Núm. 6978, Art. 12.02

Toda sala de cine deberá colocar un anuncio o letrero en español e inglés que advierta al público si, en las tandas de películas recomendadas para menores de 13 años de edad, se pasarán avances o anuncios de películas en las que se sugiere que los menores de 17 años de edad estén acompañados de un adulto. ATENCIÓN PADRES Y ADULTOS RESPONSABLES: LEA Y ENTIENDA LA CLASIFICACION DE LA PELICULA A LA QUE ASISTEN SUS NIÑOS. LAS PELICULAS CLASIFICADAS P, PG, PG-13 NO CONTIENEN AVANCES DE PELICULAS CLASIFICADAS R o NC-17.
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