Regl. 6978, art. 12.02
Avances de películas a exhibirse
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Cite as Reglamento Núm. 6978, Art. 12.02
Toda sala de cine deberá colocar un anuncio o letrero en español e
inglés que advierta al público si, en las tandas de películas
recomendadas para menores de 13 años de edad, se pasarán
avances o anuncios de películas en las que se sugiere que los
menores de 17 años de edad estén acompañados de un adulto.
ATENCIÓN PADRES Y ADULTOS
RESPONSABLES: LEA Y ENTIENDA LA
CLASIFICACION DE LA PELICULA A LA QUE ASISTEN
SUS NIÑOS. LAS PELICULAS CLASIFICADAS P, PG,
PG-13 NO CONTIENEN AVANCES DE PELICULAS
CLASIFICADAS R o NC-17.