Regl. 1277, art. 206
4c
Cite as Reglamento Núm. 1277, Art. 206
Speed Reducing Switches, and Car-Safety
Mechanism Switches Required.
Switches used to perform the functions specified
shall be positively opened. Overspeed and speed-reducing switches permitted by the exception to Rule 206.4b
TEXTO EN ESPAÑOL
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quinientos (500) pies por minuto inclusive,
el interruptor de sobrevelocidad del regulador de velocidad del carro abrirá en la dirección de bajada del ascensor a no más del
noventa (90) por ciento de la velocidad a la
cual se ajusto el regulador para dispararse
en la dirección de descenso.
2. Para velocidades normales mayores de quinientos (500) pies por minuto, el interruptor
de sobrevelocidad del regulador de velocidad
del carro abrirá en la dirección de bajada
del ascensor a no más del noventa y cinco
(95) por ciento de la velocidad a la cual
se ajustô el regulador para dispararse en
la dirección de descenso.
3. El interruptor, cuando se ajuste según se especifica en cualquiera de las subdivisiones
1 y 2 de esta regla, abrirá en la dirección
ascendente a no más del cien (100) por ciento
de la velocidad de disparo en la dirección
de bajada a la cual se ajustô el regulador.
Excepción: El interruptor de sobrevelocidad del regulador de velocidad podrá ajustarse para
abrir en la dirección de descenso del ascensor a no más de cien (100) por ciento de
la velocidad a que se ajuste el regulador
para dispararse en la dirección de descenso sujeto a los siguientes requisitos:
1. El regulador estará provisto de un interruptor tipo manual para reducir la velocidad el
cual reducirá la velocidad del ascensor en
caso de sobrevelocidad. Este interruptor reductor de velocidad será calibrado para que
abra según se especifica en los artÃculos 1 y 2
anteriores.
2. El carro se mantendrá inoperante hasta que el
interruptor sea reajustado manualmente luego
de la primera parada del carro al abrirse el
USAS, A17.1
interruptor reductor de la velocidad.
Ibid