Regl. 6978, art. 6

CARTA DE DERECHOS

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Cite as Reglamento Núm. 6978, Art. 6

Toda persona, sin atención a su raza, color, género, edad, religión, origen o identificación étnica o nacional, ideología política, condición física O mental o social, tiene derecho a: 1. Disfrutar de una radio y televisión que no incluyan material obsceno ni pornografía infantil. 2. Recibir información sobre lo que dispone el Ordenamiento Jurídico del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y el de los Estados 8 Unidos de América, localmente aplicable, que regule la radio y la televisión en cuanto a la producción, exhibición, emisión, difusión y diseminación de material obsceno y de pornografía infantil y de material indecente. 3. Recibir información de fácil comprensión con relación a los remedios vigentes disponibles para hacer valer el derecho reconocido en el inciso primero de este artículo. 4. Solicitar al Estado que prohíba y tome las medidas para impedir la producción, exhibición, transmisión, difusión y diseminación de material obsceno; O que contenga actos explícitos de abuso sexual contra menores; O de otra forma considerado como material obsceno o pornografía infantil de acuerdo con las leyes y jurisprudencia aplicable. 5. Solicitar que se prohíba e impida la exhibición, transmisión, difusión y diseminación de material indecente a través de la radio y la televisión, diariamente, desde las seis de la mañana (6:00 a.m.) hasta las diez de la noche (10:00 p.m.) y, según la reglamentación adoptada por la Comisión Federal de Comunicaciones, obligarlos a dar cumplimiento a las leyes vigentes. 6. Recibir información documentada sobre los efectos detrimentales de la obscenidad y la pornografía infantil en su desarrollo emocional y social y el de su familia. 9 Ninguna de estas disposiciones se interpretarán como que crean nuevas causas de acción ni remedios entre personas privadas ni en contra del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, sus agencias, corporaciones públicas, dependencias y demás instrumentalidades, ni en contra de sus funcionarios, empleados O sus agentes para obligarlos a dar cumplimiento a las leyes vigentes.
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