Regl. 6979, art. 37-13
Reglamento para la Inscripción, la Navegación y la Seguridad AcuÔtica en Puerto Rico
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Cite as Reglamento NĆŗm. 6979, Art. 37-13
CAMBIO DE DIRECCIĆN DEL DUEĆO DE LA EMBARCACION
Cualquier cambio en la dirección del dueño de la embarcación según aparece en el Certificado de
Inscripción y Numeración deberÔ ser informado, por escrito, al Departamento, utilizando la forma
impresa correspondiente a ser provista por el Departamento, dentro de los sesenta (60) dĆas a partir
del cambio.