Regl. 6979, art. 37-2

Reglamento para la Inscripción, la Navegación y la Seguridad Acuática en Puerto Rico

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Cite as Reglamento Núm. 6979, Art. 37-2

BASE LEGAL Este Reglamento se aprueba al amparo de las facultades conferidas en este Departamento por la Ley de Navegación y Seguridad Acuática de Puerto Rico (Ley Núm. 430 de 21 de diciembre de 2000, según enmendada); la Ley Núm. 23 de 20 de junio de 1972, según enmendada, conocida como Ley Orgánica; el Plan de Reorganización Núm. 1, de 9 de diciembre de 1993, del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales; la Ley Núm. 170 de 12 de agosto de 1988, según enmendada conocida como Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme. 1
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