Regl. 6979, art. 40-41

Reglamento para la Inscripción, la Navegación y la Seguridad Acuática en Puerto Rico

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Cite as Reglamento Núm. 6979, Art. 40-41

CLAÚSULA DEROGATORIA Mediante la aprobación de este Reglamento queda derogado el Reglamento Núm. 3589 aprobado en virtud de la Ley Núm. 48 de 27 de junio de 1986, según enmendada, el cual estará en vigente hasta el momento en que entre en vigor este Reglamento.
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