Regl. 2773, art. 2 dup10

CONSENTIMIENTO PARA INGRESO

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Cite as Reglamento Núm. 2773, Art. 2 dup10

Cuando se trate de un menor de 18 años, el padre, madre, tutor O encargado autorizará su participación conjuntamente con el menor. Si tuviese 18 años O más de edad la autorización la suscribirá el participante. El director del centro podrá, cuando las circunstancias lo ameriten, permitir la participación limitada y condicionada a un programa de prevención del tipo de sana convivencia a un menor de 18 años sin que haya mediado la autorización del padre, madre, tutor o encargado, disponiéndose, sin embargo, que se deberá obtener posteriormente la autorización del padre, madre, tutor o encargado para que continúe su participación en forma regular y sin limitaciones.
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