Regl. 2773, art. 2 dup10
CONSENTIMIENTO PARA INGRESO
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Cite as Reglamento Núm. 2773, Art. 2 dup10
Cuando se trate de un menor de 18 años, el padre, madre, tutor O encargado autorizará su participación conjuntamente con el menor. Si tuviese 18 años O más de edad la
autorización la suscribirá el participante. El director del
centro podrá, cuando las circunstancias lo ameriten, permitir
la participación limitada y condicionada a un programa de
prevención del tipo de sana convivencia a un menor de 18 años
sin que haya mediado la autorización del padre, madre, tutor
o encargado, disponiéndose, sin embargo, que se deberá obtener posteriormente la autorización del padre, madre, tutor o
encargado para que continúe su participación en forma regular
y sin limitaciones.