Regl. 2773, art. 2 dup5

OTRA INFORMACION SOBRE LOS PARTICIPANTES

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Cite as Reglamento Núm. 2773, Art. 2 dup5

En adición a los datos requeridos en el Artículo precedente, todo centro deberá mantener la siguiente información en el expediente de cada participante: a. Autorización para participar, suscrita por el participante si éste tuviera 18 años o más de edad, O por el menor y el padre, madre O encargado si fuera menor de 18 años O incapacitado mentalmente. b. Resultados y resumen de la primera valuación O entrevista inicial. C. Resultados de examen físico general excepto para aquellos individuos que no participarán en forma consistente. d. Información sobre cualquier incapacidad física O sicológica que tenga el participante. e. Plan de participación individual o en grupo del participante cuando el tipo de prevención lo haga viable. f. Servicios que se le han ofrecido en el centro. g. Anotaciones y recuento de los logros del participante, llevados al récord por el funcionario responsable. 22 h. Fecha en que finalizó o se descontinu6 la participación en actividades del centro. i. Informes del seguimiento que se haya dado al participante luego de finalizada o descontinuada su participación en el centro. j. Cualquier otra información que el tenedor de la licencia estime necesaria para el mejor servicio al participante. k. Cualquier otra información que el Secretario determine.
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