Regl. 7004, art. 42.2-50
La Oficina establecerá en el contrato de arrendamiento si aplica, los servicios que
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Cite as Reglamento Núm. 7004, Art. 42.2-50
éste proveerá, tales como: energía eléctrica, combustible, agua, alcantarillado, teléfono, aire
acondicionado y otros; así como también los servicios que proveerá el arrendatario.