Regl. 7004, art. 5.4

Todo funcionario o empleado de la Oficina que advenga en conocimiento

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Cite as Reglamento Núm. 7004, Art. 5.4

de irregularidades o incumplimiento de los términos y condiciones del contrato de arrendamiento por parte del arrendatario, lo notificará a la Oficina para que se tomen las acciones correspondientes de acuerdo a lo dispuesto en el Contrato y en este Reglamento. CAPÍTULO V CÁNONES DE ARRENDAMIENTO
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