Regl. 7005, art. 10.02

Normas aplicables a la clasificación de los documentos

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Cite as Reglamento Núm. 7005, Art. 10.02

confidenciales 1. El Administrador de Documentos será el responsable de la custodia del sistema de archivo de documentos confidenciales. 2. Se hará un inventario de los documentos confidenciales. 3. Una vez se haga dicho inventario, éste se hará formar parte del Inventario y Plan de Retención de la Oficina. 4. No debe permitirse la circulación de información de un sistema de archivos confidenciales dentro de cualquier dependencia sin la autorización del custodio y cuyo fin sea la realización de una gestión oficial. 5. Los archivos confidenciales deben revisarse anualmente y en forma sistemática con el propósito de reclasificar y llevar a cabo disposición de los mismos.
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