Regl. 7005, art. 10.02
Normas aplicables a la clasificación de los documentos
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Cite as Reglamento Núm. 7005, Art. 10.02
confidenciales
1. El Administrador de Documentos será el responsable de la custodia del
sistema de archivo de documentos confidenciales.
2. Se hará un inventario de los documentos confidenciales.
3. Una vez se haga dicho inventario, éste se hará formar parte del
Inventario y Plan de Retención de la Oficina.
4. No debe permitirse la circulación de información de un sistema de
archivos confidenciales dentro de cualquier dependencia sin la
autorización del custodio y cuyo fin sea la realización de una gestión
oficial.
5. Los archivos confidenciales deben revisarse anualmente y en forma
sistemática con el propósito de reclasificar y llevar a cabo disposición
de los mismos.