Regl. 7005, art. 10.07

Excepciones a la no divulgación de información sobre

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Cite as Reglamento Núm. 7005, Art. 10.07

naturaleza, propiedad y/o ubicación de recursos históricos Información sobre la ubicación, propiedad o naturaleza de un recurso histórico podrá ser divulgada, por vía de excepción, en las siguientes circunstancias: 1. Para investigaciones o evaluaciones llevadas a cabo por agencias gubernamentales sobre actuaciones u omisiones que hayan estado perjudicando el mismo. 2. Para la protección del recurso. 3. Para investigaciones académicas. CAPITULO XI SOLICITUD DE INFORMACION Y PROCESAMIENTO
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