Regl. 7009, art. 23-18

Exenciones

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Cite as Reglamento Núm. 7009, Art. 23-18

La Ley que crea el Centro lo exime del pago de toda clase de contribuciones, derechos, impuestos, arbitrios o cargos, incluyendo licencias, impuestos por el gobierno de Puerto Rico o cualquier subdivisión política de 19 este, incluyendo todas sus operaciones, sus propiedades, muebles o inmuebles, su capital, ingresos y sobrantes. El Centro estará exento del pago de toda clase de derechos o impuestos requeridos por ley para la ejecución de procedimientos judiciales, la emisión de certificaciones en las oficinas y dependencias del gobierno de Puerto Rico y sus sub-divisiones políticas y el otorgamiento de documentos públicos y su registro en cualquier registro público de Puerto Rico. El Centro diseñará un sello oficial estableciendo su derecho a estar exento en el pago de toda contribución o impuesto con especial mención de la ley que le otorga dicho derecho de exención.
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