Regl. 7009, art. 23-6
Cumplimiento de Deberes Fundamentales del Centro
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Cite as Reglamento Núm. 7009, Art. 23-6
Cada Miembro del Personal del Centro, sus Colaboradores y
Profesionales de la Salud, desde la perspectiva de sus particulares funciones y
responsabilidades, deberá velar por el fiel cumplimiento de la misión, según
aparezcan expresados en la declaración de principios de este reglamento y en el
Artículo 3 de la Ley que crea el Centro y resumidos a continuación:
a) preparar y desarrollar una agenda investigativa dirigida a buscar
respuestas a las interrogantes relacionadas con la diabetes y sus
complicaciones en los hispanos.
b) Coordinar e integrar servicios educativos e investigativos
relacionados con la diabetes.
c) Desarrollar conocimiento especializado en el área de la diabetes
para médicos clínicos especializados en endocrinología,
metabolismo y disciplinas relacionadas, profesionales de la Salud e
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investigadores dedicados al estudio de las causas y el tratamiento
de la diabetes en las poblaciones hispanas.
d) Desarrollar un modelo que coordinara e integrara los servicios
clínicos actuales dirigidos a pacientes con diabetes.
e) Establecer mecanismos que mejoren la comunicación y la
colaboración entre investigadores y proveedores de servicios
multidisciplinarios de la salud.
f)
Proveer educación a médicos y otros profesionales de la salud, así
como a la comunidad, sobre las causas de la diabetes y su
tratamiento.