Regl. 7012, art. 8
Reglas de Procedimiento Administrativo Ante un Oficial Examinador.
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Cite as Reglamento Núm. 7012, Art. 8
CONTENIDO DE LA QUERELLA
La querella deberá contener la información pertinente, la cual incluirá:
a) Nombre Completo del querellante- El nombre incluirá ambos
apellidos siempre que fuere posible.
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ANTE UN OFICIAL EXAMINADOR
b)
Dirección y Teléfono- Deberán incluirse las direcciones fisicas del
querellante en la querella, asà como sus direcciones postales y
números de teléfonos.
c)
Número de la Querella- El Oficial Examinador asignará este
número a la querella y éste servirá para identificar el expediente
correspondiente en cualquier etapa posterior del procedimiento.
d)
Relación de los hechos que dan origen a la querella, asà como las
gestiones, si algunas, hechas por el querellante con el querellado
para la solución de la misma.
e)
Remedio Solicitado- Se podrán solicitar remedios alternos.
f)
Anejos- Documentos sometidos por el querellante para sostener su
querella.
g)
Fecha de presentación de la querella.
h)
Firma del querellante, o su abogado. La firma del abogado no es
un sustituto para la juramentación de la querella al momento de
su presentación.
i)
Una vez iniciado el procedimiento, será obligación de las partes
notificar al Oficial Examinador cualquier cambio de dirección o
teléfono.
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