Regl. 7012, art. 9
Reglas de Procedimiento Administrativo Ante un Oficial Examinador.
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Cite as Reglamento Núm. 7012, Art. 9
CONTESTACIÓN A LA QUERELLA
9.1 El Oficial Examinador notificará al querellado la querella
presentada en su contra.
9.2 El Oficial Examinador podrá conceder al querellado un término de
treinta (30) dÃas, contados a partir de la notificación de la querella
para presentar su contestación a la misma.
9.3 La contestación a la querella se firmará por el abogado que designe
el querellado.
9.4 El término para contestar solo se prorrogará por justa causa a
satisfacción del Oficial Examinador.