Regl. 7015, art. 10
CONDICIONES Y GARANTÍAS PARA EL CONTRATO DE
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Cite as Reglamento Núm. 7015, Art. 10
ARRENDAMIENTO
A. El contrato de arrendamiento incluirá aquellas condiciones de uso
de la propiedad que ASDA haya negociado con los arrendatarios,
tomando como base aquellas condiciones adoptadas y
aceptadas por el Administrador y de conformidad a los propósitos
de la misma.
B. Garantías al Contrato de arrendamiento.
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El arrendatario presentará, previo a firmar su contrato de
Arrendamiento, un documento reconocido y suscrito por dos
personas de razonable solvencia económica, ante notario público,
en el cual se obliguen solidariamente sobre el pago de los cánones
de arrendamiento pactados por toda la vigencia del contrato y
cualquier otra disposición que corresponda.
C. Los deudores solidarios deberán suministrar, conjuntamente con el
documento donde se obligan solidariamente, la siguiente
información:
1. Nombre con sus dos apellidos.
2. Estado Civil.
3. Si casado, incluir nombre del cónyuge.
4. Dirección residencial y postal.
5. Teléfono residencial y del trabajo.
6. Número de seguro social personal y número patronal.
7. Ocupación.
8. Nombre del patrono y dirección del empleo.
9. Nombre y dirección de negocio 0 empresa, si trabaja por
cuenta propia.
10. Número de licencia de conducir.
11. Tres referencias de crédito.
12. Informacion del CRIM.
13. Certificación de Hacienda de rendir planillas los últimos
cinco (5) años.
14. Certificación de Asume.
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15. Si es corporación, Certificados de existencia y de
cumplimiento del Departamento de Estado de Puerto
Rico.
D. El arrendatario suscribirá, además, previo a la firma del
contrato, una cesión de crédito que sirva de garantía adicional
para el pago de los cánones de arrendamiento, el interés
pactado en caso de demora y cualquier otra disposición que
corresponda.