Regl. 7015, art. 6

COMITÉ DE ARRENDAMIENTO

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Cite as Reglamento Núm. 7015, Art. 6

El Administrador de ASDA nombrará el Comité de Arrendamiento. El Administrador determinara el tiempo de designación de este comité. 3 1. Este comité recibirá y analizara toda la documentación sometida en las propuestas de arrendamiento de terrenos y estructuras agrícolas. 2. El comité evaluará las propuestas y emitirá una recomendación escrita al Administrador. 3. Los procedimientos a seguir por este comité están esbozados en el Artículo "Evaluación de Peticiones de Arrendamiento".
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