Regl. 7020, art. 8

INFORMES

Length: 66 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 7020, Art. 8

1. Cada Autoridad Nominadora deberá someter, en o antes del quinto día de cada mes, al Secretario de la Gobernación, a la Oficina de Gerencia y Presupuesto y a la Oficina de Recursos Humanos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, un informe que contenga la cantidad de empleados acogidos a cada una de las alternativas del Programa y el impacto presupuestario que representa dicha acción.
Regl. 7020, art. 8: INFORMES | Justis AI