Regl. 7026, art. 13-35
Una vez entre en vigor el presente Reglamento,
Cite as Reglamento Núm. 7026, Art. 13-35
quedará derogado el Reglamento 5801, aprobado por el Centro de
Recaudación de Ingresos Municipales el 17 de septiembre de 1997, así como
cualquier directriz, norma, procedimiento o reglamentación que esté en
contravención con las disposiciones de este Reglamento.