Regl. 7028, art. 1

Contratación de Tasadores

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Cite as Reglamento Núm. 7028, Art. 1

El Departamento, cuando así lo requiera, utilizará para la preparación de tasaciones los servicios de tasadores particulares autorizados a ejercer por la Junta Examinadora de Evaluadores de Puerto Rico, con los cuales establecerá un contrato de servicios profesionales en cada caso. Limitará el número de tasaciones a contratar a cada tasador, utilizando un registro de tasadores para evitar la concentración de acaparamiento de contratos por una o más personas y distribuir el trabajo en forma equitativa entre esta clase profesional.
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