Regl. 7028, art. 1 dup5
Declaración
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Cite as Reglamento Núm. 7028, Art. 1 dup5
El Secretario, a su discreción, determinará si la venta de una propiedad inmueble se
realizará por Solicitud de Propuestas o mediante una aceptación de Solicitud de Compra
Directa. Dicha determinación se notificará al Comité de Ventas para comenzar el proceso
de compraventa. Las ventas estarán sujetas a las disposiciones de este Reglamento.
El Departamento podrá, en su entera discreción, conceder prioridad a las agencias
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gubernamentales y municipios en aquellos casos en que éstos sometan Solicitudes de
Compra Directa para la adquisición de alguna propiedad inmueble disponible para la
venta, sujeto a las disposiciones de la ArtÃculo XVIII, Sección 2 de este Reglamento,
siempre y cuando no afecten los fines y propósitos del Departamento relacionados con la
propiedad en cuestión y dicha agencia gubernamental o municipio evidencie tener
disponibles los fondos necesarios para la adquisición.