Regl. 7028, art. 2-XIV

TRÁMITE PARA LA VENTA DE PROPIEDADES

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Cite as Reglamento Núm. 7028, Art. 2-XIV

DISPONIBLES POR SOLICITUD DE PROPUESTAS (a) Toda propiedad inmueble a venderse por Solicitud de Propuestas deberá ser tasada por un tasador independiente licenciado, contratado por el Departamento para esos efectos. El tasador contratado emitirá su tasación con vigencia de un (1) año, la cual será revisada por la agencia revisora o el tasador revisor, según sea el caso, y la misma será actualizada en aquellos casos en que el término del proceso de venta se extienda más allá de dicho período. El Departamento utilizará la tasación como indicador para establecer el precio de venta mínimo aceptable para la propiedad concernida. El tiempo para efectuar la compraventa será hasta un período de doce (12) meses. Si se excede este término la parte responsable por la cual no se haya podido finalizar la venta asumirá los costos de una nueva tasación. El Departamento podrá optar por no realizar una nueva tasación si entiende que no es necesario. La tasación será para el uso del Departamento y no se le proveerá la misma al comprador para su estudio ni para propósitos de financiamiento en caso de que el comprador sea una entidad privada, a no ser que el Secretario estime que sea conveniente y necesario hacerlo. Toda propiedad inmueble del Departamento será tasada de acuerdo a su mejor uso; el valor tasado será el valor en el mercado en pleno dominio ("fee simple"). (b) En el caso de propuestas de venta de propiedad inmueble por Solicitud de 15 Propuestas, el Comité de Ventas, luego de recibir la tasación, preparará la Solicitud de Propuestas, la cual se hará mediante un anuncio que se publicará en un periódico de circulación general en Puerto Rico. Dicha Solicitud de Propuestas deberá indicar que aquellos interesados en adquirir la propiedad inmueble deberán someter una Propuesta que cumpla con los requerimientos establecidos en la Solicitud de Propuestas. La Solicitud de propuestas deberá incluir la siguiente información: 1. una descripción de la propiedad inmueble y la expresión de que la misma se venderá en la condición en que se encuentra ("as is"); 2. que la venta se hará mediante un proceso competitivo para el cual se establecerán las condiciones específicas; 3. lugar y fecha límite para someter la propuesta; 4. indicación de que el Departamento se reserva el derecho de rechazar cualesquiera o todas las propuestas y/o cancelar el procedimiento, a su entera discreción; 5. cualquier restricción de uso o fines para los cuales tendrá que ser utilizada la propiedad; y 6. cualquier otra información que sea pertinente. (c) Las instrucciones para la preparación de propuestas podrán incluir la siguiente información, además de cualquier otra información que se entienda necesaria: 1. requisitos necesarios para ser proponente elegible; 2. información a someterse en la propuesta; 3. hora, día y lugar en la que se someterán las propuestas; 4. criterios de evaluación de la propuesta; 5. modo de notificación de la adjudicación y procedimiento para la compraventa; 6. se indicará además, que al momento de formalizarse la compraventa, el comprador deberá pagar todos los gastos de otorgamiento de la escritura de compraventa, expedición de su copia certificada e inscripción en el Registro de la Propiedad correspondiente; y 7. cláusulas específicas a las que estará sujeta la venta de la propiedad y que serán incluidas en la escritura de compraventa. (d) Toda propuesta incluirá la siguiente información: 1. plan detallado de uso y/o negocio al cual se dedicará la propiedad inmueble, incluyendo la cantidad de inversión de capital; 16 2. oferta de compra; 3. condición financiera de la persona o entidad interesada y evidencia de tener los recursos para adquirir y desarrollar la propiedad inmueble incluyendo: cartas de intención de financiamiento de la banca privada, fianza para sostener el precio y evidencia de no tener deudas con el Departamento de Hacienda, CRIM o el "Internal Revenue Service"; 4. en caso de que la actividad económica a ser desarrollada en la propiedad inmueble requiera la concesión de algún derecho especial por una tercera persona, (por ejemplo: la autorización de una franquicia para la operación de alguna actividad comercial o para la prestación de algún servicio), se acompañará evidencia de la obtención de ese derecho especial; 5. certificación juramentada por el Proponente estableciendo que toda la información suministrada en la propuesta es correcta; y 6. el Proponente incluirá las proyecciones de impacto económico en el área donde ubica la propiedad inmueble.
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