Regl. 7028, art. 2 dup5
Criterios de Evaluación
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Cite as Reglamento Núm. 7028, Art. 2 dup5
Los criterios de evaluación de Solicitudes de Propuestas o de Compra Directa consistirán
en:
1. la Solicitud de Compra Directa o Propuesta sometida;
2. la elegibilidad del proponente, de conformidad con los criterios establecidos en
este Reglamento a esos efectos;
3. verificación de que la utilización de la propiedad esté conforme con los usos
permitidos por la reglamentación de la Junta de Planificación, asà como con las
necesidades del área y sea compatible con los usos existentes;
4. el precio de compra que se ofrece;
5. la capacidad financiera y fuente de financiamiento del proponente;
La propiedad inmueble no necesariamente se tendrá que adjudicar a la mejor oferta
monetaria, siempre y cuando con ello se beneficie el interés público. Además, el hecho
de que el Comité de Ventas lleve a cabo un análisis de las Solicitudes de Propuestas o de
Compra Directa, asà como el haber obtenido información adicional en sus entrevistas con
la persona interesada, no obligarán al Departamento a vender la propiedad inmueble si el
Secretario, a su discreción, no lo considera adecuado.