Regl. 7028, art. 2 dup5

Criterios de Evaluación

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Cite as Reglamento Núm. 7028, Art. 2 dup5

Los criterios de evaluación de Solicitudes de Propuestas o de Compra Directa consistirán en: 1. la Solicitud de Compra Directa o Propuesta sometida; 2. la elegibilidad del proponente, de conformidad con los criterios establecidos en este Reglamento a esos efectos; 3. verificación de que la utilización de la propiedad esté conforme con los usos permitidos por la reglamentación de la Junta de Planificación, así como con las necesidades del área y sea compatible con los usos existentes; 4. el precio de compra que se ofrece; 5. la capacidad financiera y fuente de financiamiento del proponente; La propiedad inmueble no necesariamente se tendrá que adjudicar a la mejor oferta monetaria, siempre y cuando con ello se beneficie el interés público. Además, el hecho de que el Comité de Ventas lleve a cabo un análisis de las Solicitudes de Propuestas o de Compra Directa, así como el haber obtenido información adicional en sus entrevistas con la persona interesada, no obligarán al Departamento a vender la propiedad inmueble si el Secretario, a su discreción, no lo considera adecuado.
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