Regl. 7038, art. 71-71.3.3

Aprobación de otros puestos de confianza.

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Cite as Reglamento Núm. 7038, Art. 71-71.3.3

Para la creación, modificación, consolidación o eliminación de puestos de confianza adicionales a los mencionados en los apartados a) a e) y g) de la Sección 71.3.2, se procederá como sigue: a) Los Rectores de las unidades institucionales someterán a la aprobación del Presidente de la Universidad toda petición para la creación, modificación, consolidación de puestos de confianza que interesen realizar, previo al nombramiento de su incumbente. La petición deberá estar fundamentada tanto en términos funcionales como financieros y deberá satisfacer los criterios establecidos en la Sección 71.3.1 para este propósito. La eliminación de un puesto de confianza deberá estar fundamentada y, en casos aplicables, cumplir además con el apartado c) de esta sección. Las disposiciones de esta sección se aplicarán a los puestos mencionados en la Sección 71.3.2 f). El Presidente también deberá cumplir con lo aquí dispuesto, salvo que someterá su petición a la Junta de Síndicos. b) Solo se autorizará el cambio de la categoría de un puesto de carrera a un puesto de confianza cuando esté vacante el puesto de carrera, a menos que, estando ocupado, su incumbente consienta expresamente y por escrito. Certificación Número 27 2005-2006 Página 5 de 6 1905 Artículo 71 - Personal será de Carrera 0 de Confianza c) Sólo se autorizará el cambio de categoría de un puesto de confianza a un puesto de carrera cuando ocurra un cambio de funciones o en la estructura organizativa de la unidad que así lo justifique, si el puesto está vacante o, de no estar vacante, si, además de la justificación anterior, el incumbente satisface las condiciones establecidas para ocupar el puesto de carrera y la autoridad nominadora certifica que sus servicios han sido satisfactorios. d) Una vez el Presidente haya autorizado la creación, modificación, consolidación o eliminación de algún puesto de confianza, deberá informarlo a la Junta de Síndicos para su ratificación. Dicho informe deberá acompañarse con una relación de los puestos de confianza en las unidades del sistema.
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