Regl. 7042, art. IX dup2

Reglamento para la Adjudicación de Fondos Estatales a los Municipios de Puerto Rico.

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Cite as Reglamento Núm. 7042, Art. IX dup2

PROCEDIMIENTO A SEGUIR PARA VERIFICAR CUMPLIMIENTO La Oficina visitará las diferentes Unidades Administrativas del municipio para examinar los siguientes documentos: 1. Revisión pliegos de subasta a) Aviso Público b) Minutas de pre-subasta y subasta c) Adjudicación de la subasta d) Contrato 2. Verificará procesos contables, tales: a) Depósitos cuenta especial b) Desembolsos (facturas, certificaciones, comprobantes de pago) c) Conciliaciones bancarias (estados bancarios, cheques cancelados y en tránsito) d) Revisión de los libros (Diario General y Mayor General) 3. Visitas al proyecto a) Inspección etapas finalizadas b) Aprobación del proyecto 4. Revisión liquidación del 10% retenido 5. Verificación de relevos del proyecto 6. Redacción informe de cumplimiento SECCION X PENALIDAD 1. Todo municipio que incumpliese con las disposiciones de este reglamento vendrá obligado a devolver los fondos otorgados a la Oficina. 7 2. Cualquier empleado (a) 0 funcionario (a) municipal que intencionalmente cometiese fraude 0 cualquier otro delito en la tramitación, administración y uso de los fondos adjudicados, podrá ser procesado (a) bajo las leyes penales correspondientes.
Regl. 7042, art. IX dup2: Reglamento para la Adjudicación de Fondos Estatales a los Municipios de Puerto Rico. | Justis AI