Regl. 7042, art. VII dup2
Reglamento para la Adjudicación de Fondos Estatales a los Municipios de Puerto Rico.
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Cite as Reglamento Núm. 7042, Art. VII dup2
ACTIVIDADES o PROYECTOS ELEGIBLES
Las actividades o proyectos a desarrollarse serán aquellas de índole
cultural, social, deportiva, educativas y otras. Estos proyectos O
actividades deberán perseguir un fin legítimamente público y tener un
impacto social y/o económico directo sobre distintos sectores de la
población del municipio que solicite los fondos.