Regl. 7042, art. VI dup2
Reglamento para la Adjudicación de Fondos Estatales a los Municipios de Puerto Rico.
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Cite as Reglamento Núm. 7042, Art. VI dup2
AVISO DE FONDOS DISPONIBLES
Una vez el Gobierno Estatal asigne fondos a esta Oficina, ya sea
mediante convenio, Orden Ejecutiva o Resoluciones Conjuntas, para ser
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distribuidos competitivamente entre los municipios, la Oficina emitirá una
comunicación escrita a todos (as) los (as) Alcaldes (as) sobre la
disponibilidad de fondos. La comunicación identificará la fuente de los
fondos, las actividades elegibles, los requisitos para competir y la fecha
límite para solicitar dichos fondos. Además, la Oficina divulgará la
disponibilidad de estos fondos a través de algún medio de comunicación.