Regl. 7051, art. 1 dup18

REQUISITOS DEL CÓDIGO DE ÉTICA

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a. Toda cooperativa deberá mantener un Código de Ética que aplique a los miembros de Cuerpos Directivos y funcionarios ejecutivos que ejerzan funciones bajo un contrato de servicios profesionales a tiempo parcial O completo. b. El Código de Ética deberá contener como mínimo lo siguiente: i. Disposiciones que impidan que funcionarios 0 miembros de Cuerpos Directivos: A. Usen las facultades de su cargo, propiedad o fondos de la cooperativa para un fin privado. B. Den trato preferencial a cualquier persona. 129 C. Entorpezcan O impidan la eficiencia, servicios O situación financiera de la cooperativa. D. Pierdan su independencia O imparcialidad. E. Actúen o decidan en contra de los procedimientos internos establecidos por la cooperativa, la ley y los reglamentos federales y estatales aplicables a las cooperativas. G. Posean interés económico O propietario directo O indirecto sustancial que implique cierto grado de control en cualquier empresa cuyos negocios 0 actividades estén en competencia con los de la cooperativa.
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