Regl. 7051, art. 2 dup13
REGLAMENTO GENERAL
Cite as Reglamento Núm. 7051, Art. 2 dup13
a.
El reglamento general de toda cooperativa deberá contener todas las
disposiciones señaladas en el ArtÃculo 3.04 de la Ley 255 y aquellas
otras disposiciones que la cooperativa considere necesarias en aras de
asegurar un fiel cumplimiento con las leyes y normas aplicables al
movimiento y la garantÃa de un funcionamiento operacional efectivo.
Además, deberá contener lo siguiente:
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i. Los requisitos de elegibilidad para los miembros de los
Cuerpos Directivos.
ii. El procedimiento de separación de socios.
iii. Disposiciones que establezcan procedimientos para
garantizar a todo socio el derecho a ser oÃdo dentro del proceso
de enmiendas al reglamento general y las cláusulas de
incorporación de su cooperativa.
iv. El procedimiento que deberán llevar a cabo para asegurarse
de que la participación a las asambleas sea de aquellos socios
que estén al dÃa en el pago de sus obligaciones para con la
cooperativa, manteniendo en todo momento los parámetros de
confidencialidad que se deban garantizar.
V. Disposiciones que aseguren sobre el derecho de la Asamblea
de Socios a ser informada y oÃda en relación con cualquier
evento 0 asunto que por su impacto económico o repercusión
constituyen una alteración o cambio significativo para la
cooperativa, ya sea en las operaciones, servicios, propiedad o
situación financiera, entre otras.
vi. Disposiciones que incluyan una interpretación de los
términos "morosidad e incumplimiento" y "no estar al dÃa en
los pagos" a los fines de suspender los derechos y prerrogativas
de los socios y determinar la no-elegibilidad de un candidato
para postularse y ocupar un puesto directivo. El término de
"morosidad" para estos fines no podrá exceder el término de
morosidad del producto u obligación de que se trate. Sin
menoscabo de las obligaciones contractuales del socio con la
cooperativa, se considerará incumplimiento el no haber
realizado el pago de las obligaciones con la cooperativa ya sea
en calidad de deudor principal o solidario dentro del término de
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sesenta (60) dÃas a partir de la fecha de su vencimiento,
excluyendo cualquier perÃodo de gracia.
b.
Las cooperativas que se organicen por distrito deberán incluir en su
reglamento lo siguiente:
i. Cantidad de delegados por distrito
ii. Requisitos de calificación
iii. Término del cargo