Regl. 7051, art. 7 dup7

EFECTOS DE LA FUSIÓN, CONSOLIDACIÓN O

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Cite as Reglamento Núm. 7051, Art. 7 dup7

DISOLUCIÓN VOLUNTARIA Y/O VENTA DE ACTIVOS SOBRE LOS CONTRATOS DE ADMINISTRACIÓN a. Los contratos de administración vigentes al momento de la fusión, consolidación O disolución voluntaria y/o venta de activos quedarán inmediatamente rescindidos sin que la parte contratada pueda compeler a la Corporación ni a la cooperativa, ni a los Cuerpos Directivos de ésta, al pago de las cuantías por los servicios pactados y que faltaren por prestarse desde el momento de la rescisión del contrato hasta la fecha de vencimiento del mismo. 111 CAPÍTULO VIII DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS, FISCALIZACIÓN
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