Regl. 7051, art. 7 dup7
EFECTOS DE LA FUSIÓN, CONSOLIDACIÓN O
Cite as Reglamento Núm. 7051, Art. 7 dup7
DISOLUCIÓN VOLUNTARIA Y/O VENTA DE ACTIVOS SOBRE LOS
CONTRATOS DE ADMINISTRACIÓN
a.
Los contratos de administración vigentes al momento de la fusión,
consolidación O disolución voluntaria y/o venta de activos quedarán
inmediatamente rescindidos sin que la parte contratada pueda
compeler a la Corporación ni a la cooperativa, ni a los Cuerpos
Directivos de ésta, al pago de las cuantías por los servicios pactados y
que faltaren por prestarse desde el momento de la rescisión del
contrato hasta la fecha de vencimiento del mismo.
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CAPÍTULO VIII
DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS, FISCALIZACIÓN