Regl. 7053, art. 6-3

Secretaría de Junta de Síndicos

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Cite as Reglamento Núm. 7053, Art. 6-3

Verificará que la apelación fue radicada en término y cumple con todos los requisitos mínimos de presentación. De no cumplir con estos requisitos, se le ordenará al apelante que haga las correcciones dentro de los próximos veinte (20) días. La Secretaría de Junta asignará un número en orden de secuencia indicando la fecha y hora de presentación y custodiará el expediente de la apelación.
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