Regl. 7053, art. 8
REVISIÓN JUDICIAL
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Cite as Reglamento Núm. 7053, Art. 8
El escrito de revisión judicial deberá presentarse en el Tribunal de Circuito de
Apelaciones dentro de los treinta (30) dÃas de haberse notificado la determinación final de
la Junta de SÃndicos, la Reconsideración o desde que expiró el término de noventa (90)
dÃas que tenÃa la Junta de SÃndicos resolver la Moción de Reconsideración.
En caso que la Moción de Reconsideración no hubiese sido acogida dentro de los quince
(15) dÃas, o que la misma fuera rechazada de plano, el término para presentar la revisión
judicial se contará a partir de la expiración de esos quince (15) dÃas.
La revisión judicial deberá ser notificada a las demás partes y a la Junta de SÃndicos
dentro del término de treinta (30) dÃas para la presentación del recurso de revisión
judicial. El término de treinta (30) dÃas es jurisdiccional.