Regl. 7054, art. 11-11.3

Días Feriados

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Cite as Reglamento Núm. 7054, Art. 11-11.3

Los días que se enumeran a continuación serán días feriados para los empleados de la Comisión de Investigación. Procesamiento y Apelación. Fecha Celebración 1) 1 de enero Día de Año Nuevo 2) 6 de enero Día de Reyes 3) Segundo lunes de enero Natalicio de Eugenio Maria de Hostos 4) Tercer Lunes de enero Natalicio del Dr. Martin LutherKing 5) Tercer Lunes de febrerc Natalicio de Jorge Washington y Conmemoración de Luis Muñoz Marin 6) 22 de marzo Día de la Abolición de la Esclavitud MANUAL DE PERSONAL SERVICIO DE CARRERA PAGINA 102 186 7) Movible Viernes Santo 8) Tercer lunes de abril Natalicio de José de Diego 9) Ultimo lunes de mayo Día de la Conmemoración de los Muertos en la Guerra 10) 4 de julio Día de la Independencia de Estados Unidos 11) Tercer lunes de julio Natalicio de Luis Muñoz Rivera 12) 25 de julio Día de la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico 13) 27 de julio Natalicio de José Celso Barbosa 14) Primer Lunes de Día del Trabajo y de Santiago septiembre lglesias Pantín 15) 12 de octubre Día de la Raza (Día del Descubrimiento de América) 16) noviembre (movible) Día de las Elecciones Generales 17) 11 de noyiembre Día del Armisticio (Día del Veterano) 18) 19 de noviembre Día del Descubrimiento de Puerto Rico 19) Cuarto jueves de Día de Acción de Gracias noviembre 20) 24 de diciembre Día de Nochebuena (a partir del mediodía) 21) 25 de diciembre Día de Navidad Además, se considerarán dias feriados aquellos declarados como tales por el (la) Gobernador (a). En el caso en que la celebración de un día feriado sea domingo, la celebración del mismo será observado el día siguiente. Cuando se haya establecida una jornada regular semanal de trabajo reducida y el último día de descanso coincide con un día feriado, el empleado tendrá derecho a que se le conceda libre el día siguiente al feriado. MANUAL DE PERSONAL SERVICIO DE CARRERA PAGINA 103 186 Cuando por necesidades del servicio se haya establecido una semana de trabajo donde los días de descanso no sean sábado y domingo y el segundo día de descanso coincida con un día feriado, el empleado tendrá derecho a que se le conceda libre el día siguiente al feriado. Por necesidades urgentes del servio se podrá requerir de cualquier empleado que preste servicios en determinado día de fiesta legal, en cuyo caso el empleado tendrá derecho a compensación extraordinaria según dispuesto bajo la Sección 13.5 de éste Reglamento, siempre que reúna todos los criterios establecidos para la acumulación de licencia compensatoria y pago de tiempo extra trabajado.
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